Artículo 5.351º: “Herencias a las mascotas”.
No encuentro una cifra en
Internet que indique, aunque sea aproximadamente cuántas personas en España o
en Europa o en el mundo “dejan su herencia a sus mascotas”.
Lo
primero que hay que indicar que las mascotas en España no pueden heredar bienes
o dinero porque no tienen “personalidad jurídica”, pero si puede el dueño dejar
escrito que los herederos, personas o descendientes o entidad jurídica tienen
que cuidar a su o sus mascotas hasta que éstas vivan, y, para ello les dejan un
dinero. De ahí, que herederos naturales e hijos naturales de progenitores, se
han llevado una herida profunda, cuándo la herencia de sus padres o progenitor
o pariente no pueden tenerla en su propiedad total o usufructo total –no entro
en tecnicismos jurídicos, que no conozco, pero si entendemos la idea-, hasta
que estos nos fallezcan.
Dicen
que las realidades sociohumanas se analizan de dos maneras: una, cuándo les
ponemos un nombre a una cosa o variedad, y, entonces, si se aprueba un vocablo
entonces ya tenemos el problema. Ya se le ha puesto un nombre a una realidad
teórica o real, pero muy marginal o minoritaria, y, como en El
Génesis, que los humanos ponen nombre a los animales, entonces ya
empieza a volar, algo que puede ser y estar reducido a una realidad pequeña y
marginal, para propaganda e incentivo se le sitúa con un término. En este caso
es intentar que alguna realidad social o humana o cultural o ideológica se le
ponga un nombre para que se desarrolle.
Y,
existe el caso al revés, existe una realidad aunque sea pequeña, pero no tiene
vocablo o término o nombre, una realidad en parte real, en parte conceptual,
pues se le sitúa y pone un nombre porque de alguna manera hay que explicarlo.
Después, ya se verá el recorrido social o cultural o incluso jurídico.
En
este segundo caso, es este tema de las “supuestas herencias a las mascotas”.
Con legislaciones diversas en cada país o sociedad. Porque en algunos se puede
ofrecer más parte del pastel de los progenitores a los hijos o menos, aquí,
está también todo el sistema jurídico, o, ofrecerle en parte en vida de los que
van a ofrecer la hacienda en vida, a unos y
no a otros, o no en la misma proporción. En fin. No es el tema, pero
cómo todo lo real, todo lo jurídico es complejo.
En
Internet vienen casos de Occidente, dónde algunos dejan a sus mascotas parte o
gran parte de su herencia. La realidad es compleja y es simple como todo. Unos,
unos indican que por parte de los descendientes no fueron bien cuidados, que
tuvieron problemas con ellos sean hijos naturales, nietos, sobrinos, otros
piensan que la persona que deja la herencia puede tener un cierto trastorno psicológico
o síndrome, etc.
Lo
que si es claro y evidente, que parece ser que a los ojos de otras sociedades y
culturales no occidentales es una especie de no entender o no comprender o,
incluso de un trauma que dejen herencias a animales de compañía. En definitiva,
nadie ve mal, que se cuide a dichos animales, pero también que existen algunos
procedimientos, sin tener que llegar a ese método. Los herederos naturales,
hijos o sobrinos o biznietos que cuiden a dichos animales mientras que vivan.
Se suelen dejar, al menos, lo que surge en la prensa, cantidades apreciable,
con lo cual, digamos que el escándalo es eminente. Aunque ya nos vamos
acostumbrando como todo.
Incluso
se está utilizando una especie de término, se está buscando el vocablo más
adecuado “perro-hijo”, “gato-hijo”, que son las dos especies más heredadas y
“heredosas”, también en Internet se encuentra que alguien se lo dejó a un
pollo. Alguien en su profundo ser podría indicar y preguntarse si los pollos o
gallos son y dan y proporcionan mucha compañía, que dicen que en un espejo ni
siquiera se reconocen a ellos mismos –o, eso se expresa-.
El
ser humano es un ser viviente complejo y simple, un ser humano si alguna vez
nos encontramos con otra especie inteligente de la galaxia o del universo,
quizás les parezcamos muy paradójicos o muy contradictorios. Quizás, alguien
puede pensar, que aunque tengamos una misma o semejante carga biológica o
genética, después las diferencias sociales, psicológicas, culturales,
económicas, políticas, filosóficas, religiosas son demasiado grandes, o eso nos
parece a nosotros…
Hay
un tema enormemente complejo de las personas y la relación con animales de
compañía o mascotas. Quizás, hoy más que nunca, psicólogos y psicoterapeutas,
aconsejan que determinadas personas, por su situación, tengan un animal
viviente en su casa, porque se encuentran muy solas. En ese sentido, siempre
que se tenga una relación correcta y adecuada, que sean cuidados correctamente,
pero con un límite en todo. Pues sería una terapia necesaria.
Pero
también existe un tema histórico, que sucedió en el entorno de La
Segunda Guerra Mundial, una paradoja o quién sabe el qué: el país y
sociedad y Estado que aprobó, dicen la primera ley de cuidado y trato correcto
de los animales y de los animales de compañía, envío a campos de exterminio a
millones de personas. Y, otra paradoja, personas que por la mañana, abrían las puertas a cientos de personas en
crematorios y realidades semejantes, por la tarde jugaban con sus mascotas.
Estas
dos paradojas, se estudian desde hace décadas en las temáticas de las éticas y
la moral, del problema del bien y del mal. Cómo en una misma persona jurídica,
o en una misma persona biológica o psicológica se puede vivir y ser y estar y
pensar y aceptar en/con estas dos realidades al mismo tiempo… Porque siempre se
ha dicho, siguiendo la idea de Francisco
de Asís, santo, que la persona que cuida a un animal y lo trata
correctamente, hay más posibilidades que trate bien a otro ser humano… ¡Pero…!
https://muckrack.com/jesus-millan-munoz ©
jmm caminero (05 febrero 2026 cr).
Fin artículo 5.351º:
“Herencias a las mascotas”.
E.
15 febrero